· Se dispone en este Real Decreto que las convocatorias deberán publicarse en este mismo año 2024 y que deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa motivada que deberá justificarse ante el departamento ministerial con competencias en materia de función pública.
Distribuidas de la siguente forma: